Renta personas jurídicas: conoce las fechas

Conoce cómo funciona el Impuesto a la renta en personas jurídicas y cuáles son las fechas para su pago

Tener el control de tus obligaciones tributarias no es tan complejo como parece, en este artículo te contamos qué es la declaración de renta y todo lo que debes tener en cuenta en caso de ser persona jurídica. 

¿Qué es el impuesto sobre la renta?

El impuesto a la renta es un tributo nacional que consiste en entregar un porcentaje de las utilidades fiscales que obtiene una persona jurídica o natural durante el año anterior al que se realiza la declaración, dicho año se denomina periodo gravable. Para determinar el valor del impuesto a la renta es importante conocer primero la diferencia entre renta bruta y renta líquida.

Definición de renta bruta

La renta bruta es el resultado de la sumatoria de todos los ingresos que obtuvo un contribuyente o persona natural durante un año, sin contar los ingresos que son definidos como exentos del impuesto a la renta.

Definición de renta líquida

La renta líquida es el resultado de restar la renta bruta menos los gastos o costos de los bienes y servicios requeridos para la generación de la renta bruta.

Plazos para que personas jurídicas y asociaciones declaren y paguen renta este 2024

Con el fin de cumplir debidamente con esta obligación te presentamos las fechas que debes tener en cuenta para presentar tu declaración y pago; por lo general el tributo de la renta para personas jurídicas suele presentarse en dos cuotas; durante el primer semestre del año la primera y empezando el segundo período semestral, la segunda.

Primera couta

Último dígito

Fecha final

1

10 de mayo de 2024 

2

14 de mayo de 2024 

3

15 de mayo de 2024 

4

16 de mayo de 2024 

5

17 de mayo de 2024 

6

20 de mayo de 2024 

7

21 de mayo de 2024 

8

22 de mayo de 2024 

9

23 de mayo de 2024 

0

24 de mayo de 2024 

 

Segunda cuota

Último dígito

Fecha final

1

10 de julio de 2024 

2

11 de julio de 2024 

3

12 de julio de 2024 

4

15 de julio de 2024 

5

16 de julio de 2024 

6

17 de julio de 2024 

7

18 de julio de 2024 

8

19 de julio de 2024 

9

22 de julio de 2024 

0

23 de julio de 2024 

¿Qué se debe tener en cuenta para liquidar renta?

Para liquidar el impuesto de renta es importante tener en cuenta varios factores importantes:

  1. El patrimonio del año gravable
  2. Los ingresos obtenidos
  3. Los movimientos financieros
  4. El grupo al cual pertenece el contribuyente
  5. Los topes o cantidades que lo habilita o exonera de tributar el impuesto a la renta.

Tasas para declarar renta personas jurídicas 

Dentro de la Reforma Tributaria expedida por el nuevo gobierno se reglamentan cambios en la tarifa general del 35% para empresarios; ahora, se decretan diferentes porcentajes por sector comercial.

  • Hidrocarburos 10%
  • Sistema financiero 40%
  • Empresas generadoras de energía 38%
  • Turismo 15%
  • Sector editorial 35%

¿Cómo declarar el impuesto de renta?

Para declarar el impuesto de renta se deben diligenciar dos formularios de acuerdo al tipo de persona que deba tributar, así:

  1. Formulario 110: declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio para personas jurídicas y asimiladas, personas naturales y asimiladas obligadas a llevar contabilidad.
  2. Formulario 210: declaración de renta y complementarios de personas naturales y asimiladas no obligadas a llevar contabilidad.

¿Dónde presentar las declaraciones?

Luego del diligenciamiento del respectivo formulario, la presentación de la declaración de renta deberá hacerse mediante ventanilla en los bancos autorizados para recaudar a nivel nacional. Es importante aclarar que pueden haber contribuyentes señalados por la DIAN que deban presentar de manera virtual sus declaraciones mediante los servicios electrónicos de esta entidad.

¿Cuándo presentar las declaraciones?

Cada año, el Gobierno Nacional determina las fechas y plazos para presentar la declaración del impuesto a la renta y complementarios, estos se fijan para todos los obligados a declarar, es decir, se establece un cronograma para las personas naturales, otro para las personas jurídicas y otro para los grandes contribuyentes, todos de acuerdo al último dígito del NIT.

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