Lo que debes saber para presentar medios magnéticos este año

Los medios magnéticos son los formatos en los que debe presentarse la información exógena, la cual consiste en un reporte completo ante la DIAN que las personas naturales, jurídicas y/o los contribuyentes deben presentar cada año vencido o tomando como base el año gravable anterior.

Así mismo, la información exógena es un conjunto de datos sobre todos los movimientos realizados por las empresas con sus terceros (mejor conocidos como clientes o usuarios) durante un año gravable. Es muy importante preparar cautelosa y precisamente la información exógena, ya que las autoridades tributarias ejercen control sobre esta información, por lo tanto, es vital hacerlo adecuadamente para evitar sanciones.

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¿Quiénes deben presentar medios magnéticos por el año gravable 2022?

Lo obligados a presentar información exógena en 2023 por el año gravable 2022 se rigen bajo la Resolución 00124 del 28 de octubre de 2021 y  te los presentamos a continuación:

  1. Empresas públicas o privadas que tengan convenios de cooperación o asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.
  2. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
  3. Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.
  4. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
  5. Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación -SIMPLE que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000), sin considerar el tipo de ingreso.
  6. Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).
  7. Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas (IVA) y Timbre, durante el año gravable 2022.
  8. Establecimientos permanentes de personas naturales no residentes y de personas jurídicas y entidades extranjeras.
  9. Las personas o entidades que celebren contratos de colaboración tales como, consorcios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.
  10. Los entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado, contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
  11. Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional.
  12. Los obligados a presentar estados financieros consolidados.
  13. Las Cámaras de Comercio.
  14. La Registraduría Nacional del Estado Civil.
  15. Los Notarios con relación a las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus
  16.  
  17. Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
  18. Las alcaldías, los distritos y las gobernaciones.
  19. Las autoridades catastrales.
  20. Los responsables del Impuesto Nacional al Carbono.
  21. Las entidades que otorgan, reconocen, registran, cancelan o suspenden personerías jurídicas.

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Plazos para presentar información exógena en 2023

GRANDES CONTRIBUYENTES  

ÚLTIMO DÍGITO

FECHA

1

02 de Mayo de 2023

2

03 de Mayo de 2023

3

04 de Mayo de 2023

4

05 de Mayo de 2023

5

08 de Mayo de 2023

6

09 de Mayo de 2023

7

10 de Mayo de 2023

8

11 de Mayo de 2023

9

12 de Mayo de 2023

0

15 de Mayo de 2023


 

PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES   

ÚLTIMOS DÍGITOS

FECHA

01 a 05

16 de Mayo de 2023

06 a 10

17 de Mayo de 2023

11 a 15

18 de Mayo de 2023

16 a 20

19 de Mayo de 2023

21 a 25

23 de Mayo de 2023

26 a 30

24 de Mayo de 2023

31 a 35

25 de Mayo de 2023

36 a 40

26 de Mayo de 2023

41 a 45

29 de Mayo de 2023

46 a 50

30 de Mayo de 2023

51 a 55

31 de Mayo de 2023

56 a 60

01 de Junio de 2023

61 a 65

02 de Junio de 2023

66 a 70

05 de Junio de 2023

71 a 75

06 de Junio de 2023

76 a 80

07 de Junio de 2023

81 a 85

08 de Junio de 2023

86 a 90

09 de Junio de 2023

91 a 95

13 de Junio de 2023

96 a 00

14 de Junio de 2023

 

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