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El Impuesto de Alcabala: tributo al traspaso de bienes inmuebles

Cuando se realizan transacciones como la compra y venta de inmuebles, es indispensable tener claros los requisitos a cumplir para que el proceso sea exitoso. Esto incluye el conocer y aplicar obligaciones tributarias como el Impuesto de Alcabala.

Acompáñanos a averiguar en qué consiste el Impuesto de Alcabala, quiénes deben pagarlo, cómo se calcula su tarifa y cuál es el procedimiento para declararlo.

¿Qué es el Impuesto de Alcabala?

Es uno de los tributos municipales que pagan las personas naturales y jurídicas en el Ecuador. Se cobra cuando se realiza el traspaso de los derechos de propiedad sobre bienes raíces y barcos.

El Impuesto de Alcabala está reglamentado por el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). Tomando como base esta norma, vamos a conocer en qué casos se aplica el cobro del impuesto:

[HS][CTA][ECU][IMPUESTOS MUNICIPALES][2023]

Actos jurídicos que son objeto del Impuesto de Alcabala

  • La venta de bienes raíces.
  • El traspaso de buques en zonas portuarias como El Oro, Guaya, Santa Elena, Manaí y Esmeraldas.
  • La prescripción adquisitiva de dominio: esta se produce cuando el titular de un bien inmueble lo abandona y otra persona toma posesión y lo habita de forma continuada durante cierto tiempo. Después de cumplir algunos requisitos de ley, el nuevo habitante del inmueble puede adquirir el título de dominio y, como parte del trámite, está obligado a pagar el Impuesto de Alcabala.
  • Cuando se lleva a cabo un legado, es decir, cuando por voluntad propia una persona decide entregar a otra el título de su bien inmueble. Aquí el tributo se cobra si el beneficiario no es un heredero legítimo (como un hijo, por ejemplo).
  • El derecho de usufructo, uso y habitación: el propietario de un inmueble puede darle a otro individuo el derecho al usufructo, es decir, le puede permitir el desarrollo de una actividad que le proporcione beneficios económicos (por ejemplo, en terrenos destinados a la siembra). El derecho de uso es una figura jurídica similar a la anterior, pero las utilidades que obtiene el usuario de la propiedad ajena son limitadas. Por otro lado, el derecho de habitación le da al beneficiario el permiso de usar como vivienda un inmueble que esté a nombre de alguien más.
  • Las donaciones: cuando el propietario de un bien inmueble lo dona sin esperar nada a cambio, en pro de beneficiar una causa social o de caridad, también se cobra el tributo.
  • Fideicomiso mercantil: cuando el fiduciario (es decir, la persona encargada de administrar un inmueble según lo acordado en un contrato de fideicomiso mercantil) hace una transferencia al beneficiario de la fiducia, se cobra el Impuesto de Alcabala sobre dicha transacción.

¿Quiénes son los sujetos responsables de este tributo?

Así se calcula el valor a pagar

Sujeto activo

Es el municipio o distrito metropolitano donde está localizado el inmueble.

Si dicho inmueble se ubica en la jurisdicción de dos o más municipios, el impuesto se paga de acuerdo con el avalúo que cada localidad hace de la parte del bien que está en su territorio.

En el caso de los barcos, se considera que pertenecen a la capitanía de puerto donde se encuentran inscritos.

Sujeto pasivo

En general, el Impuesto de Alcabala lo deben pagar los beneficiarios del traspaso de dominio del bien inmueble. Por ejemplo, cuando se trata de una venta, el sujeto pasivo es el comprador.

De acuerdo con el artículo 535 del COOTAD, el valor a pagar por el Impuesto de Alcabala es del 1% sobre la base imponible. Es decir, si por ejemplo el inmueble está avaluado en $50.000, se debe pagar $500 por el impuesto.

En cuanto a la base imponible del Impuesto de Alcabala, esta equivale al valor contractual del bien inmueble. Si este valor es inferior al avalúo de la propiedad que está registrado en el catastro, este último es el precio que se debe tener en cuenta para definir la base.

En el artículo 532 del COOTAD puedes consultar las reglas que se deben tener en cuenta al momento de fijar la base imponible, pues esta va a depender de que:

  • Exista o no un avalúo oficial.
  • El traspaso esté sujeto al pago de dividendos sobre el precio estipulado.
  • La operación realizada sea la venta de derechos o acciones.
  • Que se trate de un remate público o una permuta.
  • En el caso de los derechos de usufructo, uso y habitación, también aplican unos criterios especiales para definir la base.
Te invitamos a revisar el artículo citado e identificar cuál es la base imponible que aplica, según el traspaso sobre el que deseas calcular el tributo.

¿Cuándo y cómo se paga el Impuesto de Alcabala?

Este impuesto debe pagarse después de elaborar la nueva escritura o minuta del bien objeto del traspaso.

En el caso del Municipio de Quito, es necesario diligenciar un formulario de declaración para la liquidación de impuestos por transferencia de dominio, el cual encuentras al registrarte en el Portal de Servicios Municipales

Una vez diligenciado el formulario, este debe presentarse junto con la minuta ante una notaría; también se debe realizar una solicitud para la liquidación del impuesto en cualquier Balcón de Servicios. Luego, la autoridad tributaria enviará un correo electrónico al contribuyente con los valores a pagar y la orden para efectuar dicho pago en una entidad financiera.

Finalmente, con los comprobantes respectivos, las partes interesadas deben presentarse en la notaría donde se elaboró la minuta, para proceder a la firma de la escritura.

Descuentos y exenciones

Cuando todas o una de las partes que llevaron a cabo el traspaso de un inmueble, vuelven a realizar una transferencia sobre el mismo bien, pueden acceder a rebajas en el pago del Impuesto de Alcabala. El porcentaje dependerá del tiempo trascurrido desde el primer acto jurídico o contrato:

  • 40% si la nueva transferencia se realiza dentro del primer año.
  • 30% dentro del segundo año.
  • 20% al cabo de tres años.
Por otra parte, las permutas solamente serán gravadas con el 75% del Impuesto de Alcabala.

En cuanto a las exenciones, algunos de los beneficiados con el no pago del Impuesto a la Alcabala son:
  • El Estado, las municipalidades y demás organismos de derecho público.
  • Organismos como el Banco Central y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que por ley están exentos de pagar cualquier impuesto.
  • Inmuebles destinados a programas de vivienda de interés social.
  • Bienes de gobiernos extranjeros, empleados en el servicio diplomático.
  • Las adjudicaciones por particiones o disolución de sociedades.
  • Las expropiaciones.
  • Los bienes raíces aportados por los cónyuges o convivientes a la sociedad conyugal.
La lista completa de bienes exonerados, así como los requisitos para acceder a este beneficio, los puedes consultar en el artículo 534 del COOTAD.

¡Enhorabuena! Ya sabes en qué consiste el Impuesto de Alcabala y cómo es su aplicación. Sigue enriqueciendo tus conocimientos sobre el sistema tributario ecuatoriano con nuestro Ebook Calendario Tributario 2021.

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