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Qué son las retenciones en la fuente

Las retenciones en la fuente son un método de cobro anticipado del impuesto a la renta, a través de este se obliga a retener una parte del impuesto el cual es producido por el contribuyente, con cargo a los ingresos que perciba por ventas de bienes y prestación de servicio. Dicho impuesto o valor debe ser declarado mensualmente por parte de los compradores de bienes o usuarios de servicios quienes asumen la función de ¨agentes de retención¨.

El documento de retención en la fuente deberá efectuarse máximo hasta cinco días posteriores de haber realizado el pago o crédito en la cuenta bancaria, por la compra de un bien o servicio.

Te damos a conocer quiénes son considerados agentes de retención:

Pueden ser considerados las personas naturales o jurídicas, son designados por la Administración Tributaria los:

  1. Contribuyentes Especiales
  2. Sujetos pasivos designados por el SRI


Para resumirte, si eres una persona designada por la Administración Tributaria como agente de retención y no entregas el comprobante de retención al momento de la compra serás sancionado por el 5% del monto de la retención y si hay residencia se considera como fraude ante el SRI.

Presentación de declaración de retención en la fuente

El agente de retención deberá presentar mensualmente la declaración y se declara con el noveno dígito del RUC, al siguiente mes de haber retenido dichos valores, conforme a la siguiente tabla:

[HS][CTA][ECU][IMPUESTOS NACIONALES][2023]

Noveno Dígito

Fecha máxima de declaración

1

10 del mes siguiente

2

12 del mes siguiente

3

14 del mes siguiente

4

16 del mes siguiente

5

18 del mes siguiente

6

20 del mes siguiente

7

22 del mes siguiente

8

24 del mes siguiente

9

26 del mes siguiente

0

28 del mes siguiente

Debes saber que no puedes aplicar más de tres porcentajes de retenciones en la fuente en una misma compra de bienes o servicios.

Porcentajes de retención en la fuente definidos por el SRI

Te explicamos los porcentajes de retención que se encuentran vigentes este año, cabe recalcar que pueden ser modificadas periódicamente por la Administración Tributaria.

Retenciones en la fuente por pagos en el país

Los porcentajes por retenciones principales son los siguientes:

  • 1%: Servicios de transportes privados, público o de pasajeros.
  • 2%: Servicios prestados por personas naturales en lo que prevalezca la mano de obra sobre el factor intelectual.

  • 8%: Comisiones, honorarios y demás pagos realizados a personas naturales por servicios que no estén relacionados con el título profesional, arrendamiento de bienes inmuebles, personas naturales y sociedades.
  • 10%: Comisiones, honorarios y demás pagos realizados a personas naturales profesionales por servicios que estén relacionados con el título profesional.

Retenciones por pagos fuera del país

Cuando se trata de pagos al extranjero, se debe retener el 25% cuando:

  • Honorarios a extranjeros por servicios
  • Por préstamos a socios o accionistas y pagos de dividendos anticipados.

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