La declaración de renta y sus tarifas para 2021
La declaración de renta es un trámite documentado en el que podrás señalar tus ingresos, gastos (egresos) e inversiones ante la DIAN, que es la entidad que determina si debes o no pagar impuestos y cuánto sumarían esas obligaciones.
Para la declaración y pago de las impuestos en 2021, la DIAN dio a conocer actualizaciones en la reforma decretada para el año gravable 2020, por lo que en este artículo te presentamos todo lo que debes saber acerca de los nuevos plazos y tarifas de renta.
Pero antes de conocer esta información, es conveniente que sepas cuáles son los cambios en la reforma.
En esta ocasión uno de los cambios más destacados en la presentación, declaración y pago del impuesto a la renta de las personas naturales, es el cambio del orden en la numeración de los últimos dígitos de la cédula.
En este sentido, se determinó que la declaración del tributo se realizará a partir del 10 de agosto, iniciando con los dígitos 01 y 02 para que al 20 de octubre finalicen los contribuyentes con documento de identificación terminado en 99 y 100; razón por la cual te invitamos a que te agendes conforme a los últimos digitos de tu cédula.
Tabla con tarifas de renta personas naturales
Para personas naturales la tarifa de renta se establece a partir de la resta entre los ingresos no constitutivos de renta y los que están exentos de la misma. Recuerda que el uso de las tablas con las tarifas respectivas para la renta es necesario una vez hayas realizado la depuración y/o filtro de los valores de la renta líquida, para obtener como resultado la renta líquida gravable.
Tarifas especiales
Existen tarifas especiales que manejan una tasa marginal del 15%, esto cuanto se superan los 300 UVT.
“Esta tarifa especial aplica para los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49 de este Estatuto”. (2020, DIAN Hoy)
¿Quién está obligado a declarar renta en 2021?
Si estás confundido porque no sabes si debes o no declarar renta, a continuación, te mostramos las condiciones para hacerlo, recuerda que con una que cumplas debes declarar.
- Debes tener un patrimonio bruto al finalizar del año gravable 2020 igual o superior a 500 UVT, es decir, que el tope sea de $160.231.500.
- Contar con ingresos totales del ejercicio gravable que sean iguales o superiores a 400 UVT, es decir, que el tope sea de $49.849.800.
- Que tus consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a 400 UVT, es decir, que el tope sea de $49.849.800.
- Que el valor total de tus compras y consumos sean igual o superior a 400 UVT, es decir, que el tope sea de $449.849.800.
- Que el valor total acumulado de tus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a 1.400 UVT, es decir, que el tope sea de $49.849.800.
¿Cómo se hace la declaración de renta?
Es un proceso fácil y rápido, sólo debes tener en cuenta 4 importantes aspectos:
- Qué tienes
- Cuánto ganas
- Qué cantidades mueves en el sector financiero
- Cuánto gastas
Una vez tengas claro lo anterior sólo dirígete a la página de la DIAN y descarga tu formulario 110 0 210 para declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad o Declaración de Renta Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad respectivamente.
Fechas para pagar el impuesto sobre la renta en 2021
Plazo para personas naturales:
10 agosto – 20 octubre de 2021 en una sola cuota conforme a los dos últimos dígitos de tu cédula.
Plazo para personas jurídicas y demás contribuyentes:
Primera cuota: 12 de abril y el 7 de mayo 2021
Segunda cuota: 9 al 23 de junio del 2021.
Lo anterior conforme al último dígito de tu cédula
Fechas para grandes contribuyentes:
Primera cuota: 9 – 22 de febrero 2021
Segunda cuota: 12 y 23 de abril 2021
Tercera cuota: 9 y 23 de junio de 2021.
Lo anterior conforme al último dígito de tu cédula
Esperamos que este contenido haya sido útil para ti, no olvides que el incumplimiento del tributo puede ocasionarte costos por mora y sanciones.